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MORENA anula neutralidad del ORFIS, elimina requisitos de arraigo y nivel académico: PAN

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| Xalapa, Ver. | 07 Jul 2026 - 12:05hrs

Por Ana Lilia Velázquez 


Xalapa, Ver., 08/07/26. Enrique Cambranis Torres, Coordinador del Grupo Legislativo del PAN, señaló que el dictamen aprobado por MORENA perjudica los intereses de las y los veracruzanos, al suprimir requisitos que favorecen la capacidad profesional, el arraigo y la independencia partidista de quien se encargue de la fiscalización de los recursos públicos.

"Es una reglamentación frágil en sus requisitos de acceso, que solo debilita y pone en riesgo la fiscalización, la transparencia y la rendición de cuentas en Veracruz", afirmó.

Cambranis Torres resaltó que el Grupo Legislativo presentó tres propuestas, a través de un voto particular y tres reservas, que pretendían fortalecer los requisitos de acceso a la titularidad del Órgano de Fiscalización Superior del Estado (ORFIS).

El diputado local subrayó que un perfil sin el arraigo, la preparación técnica y la independencia necesarias compromete, desde el origen, la confianza que la ciudadanía debe tener en quién vigila el uso de sus recursos.

El legislador explicó que, plantearon conservar el arraigo veracruzano y la vecindad establecida. Sin embargo, la reforma aprobada eliminó este requisito que ya existía y permitía que la persona titular del ORFIS sea veracruzana o mexicana por nacimiento, con vecindad mínima de cinco años en el estado.

"Veracruz cuenta con el talento necesario para ocupar cargos de esta envergadura, como lo demuestra el actual titular de la Auditoría Superior de la Federación, quien es originario de Xalapa", resaltó.

Insistió en mantener el requisito de un promedio académico mínimo de ocho, siguiendo el mismo estándar que la reforma constitucional al Poder Judicial estableció para magistradas, magistrados, juezas y jueces.

La tercera reserva presentada añadía la independencia partidista como un requisito indispensable. “Quien aspire a la titularidad del ORFIS no haya ocupado, en años recientes, cargos de dirección partidista ni haya sido candidata o candidato, replicando el criterio ya vigente en el artículo 88 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación”, finalizó.

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